Procedimiento de visado para Japón
2023/2/1
Desde el día 11 de octubre de 2022, las medidas de exención de visado se han reestablecido a las condiciones de los Acuerdos de Exención de visados con Japón previas a la pandemia COVID-19. Para nacionales de países con Acuerdo de Exención de visados con Japón para estancias cortas, hasta 90 días, que no impliquen el desarrollo de actividad profesional remunerada en Japón no necesitan tramitar visado alguno.
Con independencia de la nacionalidad, toda persona que acceda a Japón deberá cumplir las medidas sanitarias del país (Certificado de Vacunación, con 3 pautas administradas, o Certificado negativo de test COVID, tomado en las 72 horas previas a la salida de España, ambos en inglés, junto con el registro en Visit Japan Web.
*En el caso de los menores de 18 años que no dispongan de un certificado de vacunación válido, si van acompañados de un tutor que disponga de un certificado de vacunación válido y que vaya a supervisar a los menores, éstos serán tratados como portadores de certificados de vacunación válidos. Por lo tanto, la presentación de los certificados negativos está exenta al igual que el tutor como excepción.
En caso de que el tutor acompañante no sea titular de un certificado de vacunación válido y entre en Japón con un certificado negativo, a los niños en edad preescolar (generalmente menores de 6 años) no se les exigirá un certificado negativo.
Cuando los menores de 18 años no viajen acompañados no podrán acogerse a la excepción y deberán cumplir las medidas contra el COVID.

2) Working Holiday en Japón
3) Visado para estancias cortas que no impliquen el desarrollo de actividad profesional remunerada en Japón (para ciudadanos con nacionalidades sin Acuerdo de exención visado)
●Turismo
●Visado para estancias por Negocios, Intercambios u otros
(Participación en reuniones; asuntos de negocios tales como: acuerdos comerciales, consultas sobre negocios, firma de contratos, servicio postventa, investigación de mercados; intercambios culturales, intercambios deportivos, etc.)
●Visado de visita a familiares y/o allegados
(Visita a cónyuge, familiares con consanguineidad de hasta tercer grado, amigos o allegados)
- Las peticiones que no cumplan con los requisitos esenciales no serán aceptadas, siendo en ese instante cuando se informará de la documentación que se deberá aportar así como el plazo de gestión.
- Las gestión ordinaria de esas peticiones será de 5 días hábiles para la recogida del pasaporte con el visado. (Si reside en una zona lejana a Madrid y quiere recoger el visado en el mismo día de la solicitud, le rogamos que lo consulte con nosotros con antelación.)
2)Igualmente podrán enviar postal o por mensajería sus solicitudes a:
Sección Consular
Embajada del Japón en España
Calle Serrano 109
28006 Madrid
Para este tipo de presentación de las solicitudes deberán tener en cuenta que:
- Deberá cumplimentar el formulario de asunción de responsabilidad ante fallos en la presentación asociados al servicio postal o de mensajería.
- Deberá informarnos, para la asignación de cita, de la fecha y compañía que asume la entrega y recogida del expediente. Si el solicitante personal recoge su pasaporte bastará con recoger el pasaporte en la fecha informada el día de la entrega de la solicitud.
- Deberá aportar el expediente completo de solicitud, con documentación original y firmas originales.
- Si el trámite de visado cuenta con tasa de tramitación deberá ser abonada en el momento de recogida del pasaporte.
- El pasaporte con el visado podrá recogerse 5 días hábiles después de la aceptación de la solicitud.
Todos los pasajeros que viajan a Japón deben llevar Certificado de vacunación o Certificado de resultado negativo de test COVID que cumpla los requisitos que las autoridades sanitarias de Japón requieren.
*En el caso de los menores de 18 años que no dispongan de un certificado de vacunación válido, si van acompañados de un tutor que disponga de un certificado de vacunación válido y que vaya a supervisar a los menores, éstos serán tratados como portadores de certificados de vacunación válidos. Por lo tanto, la presentación de los certificados negativos está exenta al igual que el tutor como excepción.
En caso de que el tutor acompañante no sea titular de un certificado de vacunación válido y entre en Japón con un certificado negativo, a los niños en edad preescolar (generalmente menores de 6 años) no se les exigirá un certificado negativo.
Cuando los menores de 18 años no viajen acompañados no podrán acogerse a la excepción y deberán cumplir las medidas contra el COVID.
2) Registro de Visit Japan Web
El gobierno de Japón requiere el registro en la página web de Visit Japan Web antes de entrar a Japón. Para agilizar su llegada, recomendamos que siga el procedimiento y complete la mayor parte antes de su viaje. Para más información, visite la página del Ministerio de Sanidad, Trabajo y Bienestar.
Para consultas:
●JAPAN VISA INFORMATION HOTLINE
TEL: 800 080 031 (En inglés 24horas)
●Sección Consular de la Embajada del Japón
CORREO: visado@md.mofa.go.jp
TEL: 915 907 600
HORARIO DE VENTANILLA: L – V 9:30-13:15, 14:45-16:30
Con independencia de la nacionalidad, toda persona que acceda a Japón deberá cumplir las medidas sanitarias del país (Certificado de Vacunación, con 3 pautas administradas, o Certificado negativo de test COVID, tomado en las 72 horas previas a la salida de España, ambos en inglés, junto con el registro en Visit Japan Web.
*En el caso de los menores de 18 años que no dispongan de un certificado de vacunación válido, si van acompañados de un tutor que disponga de un certificado de vacunación válido y que vaya a supervisar a los menores, éstos serán tratados como portadores de certificados de vacunación válidos. Por lo tanto, la presentación de los certificados negativos está exenta al igual que el tutor como excepción.
En caso de que el tutor acompañante no sea titular de un certificado de vacunación válido y entre en Japón con un certificado negativo, a los niños en edad preescolar (generalmente menores de 6 años) no se les exigirá un certificado negativo.
Cuando los menores de 18 años no viajen acompañados no podrán acogerse a la excepción y deberán cumplir las medidas contra el COVID.
1 Solicitante
Precisará la tramitación en función del motivo del viaje y la nacionalidad del solicitante.2 Lugar de presentación
Los solicitantes que residan en territorio español a excepción de Cataluña, Comunidad Autónoma de Baleares, Comunidad Autónoma de Canarias y Comunidad Valenciana, deberán tramitar su solicitud ante la Embajada del Japón en Madrid. Los solicitantes que residan en Cataluña, Comunidad Valenciana o Comunicad Autónoma de Baleares deberán tramitar su solicitud en el Consulado General del Japón en Barcelona, o que residan en la Comunicad Autónoma de Canarias tendrán que tramitar en el Consulado del Japón en Las Palmas.3 Documentación
1) Visado con Certificado de Elegibilidad (Certificate of Eligibility)
2) Working Holiday en Japón

3) Visado para estancias cortas que no impliquen el desarrollo de actividad profesional remunerada en Japón (para ciudadanos con nacionalidades sin Acuerdo de exención visado)
●Turismo

●Visado para estancias por Negocios, Intercambios u otros

(Participación en reuniones; asuntos de negocios tales como: acuerdos comerciales, consultas sobre negocios, firma de contratos, servicio postventa, investigación de mercados; intercambios culturales, intercambios deportivos, etc.)
●Visado de visita a familiares y/o allegados

(Visita a cónyuge, familiares con consanguineidad de hasta tercer grado, amigos o allegados)
4 Presentación de solicitudes
1)Para la asistencia presencial a la Sección Consular se deberá solicitar previamente cita a través de la cuenta de correo electrónico visado@md.mofa.go.jp. Así pues, pueden solicitar cita para presentar sus expedientes teniendo en cuenta que:- Las peticiones que no cumplan con los requisitos esenciales no serán aceptadas, siendo en ese instante cuando se informará de la documentación que se deberá aportar así como el plazo de gestión.
- Las gestión ordinaria de esas peticiones será de 5 días hábiles para la recogida del pasaporte con el visado. (Si reside en una zona lejana a Madrid y quiere recoger el visado en el mismo día de la solicitud, le rogamos que lo consulte con nosotros con antelación.)
2)Igualmente podrán enviar postal o por mensajería sus solicitudes a:
Sección Consular
Embajada del Japón en España
Calle Serrano 109
28006 Madrid
Para este tipo de presentación de las solicitudes deberán tener en cuenta que:
- Deberá cumplimentar el formulario de asunción de responsabilidad ante fallos en la presentación asociados al servicio postal o de mensajería.
- Deberá informarnos, para la asignación de cita, de la fecha y compañía que asume la entrega y recogida del expediente. Si el solicitante personal recoge su pasaporte bastará con recoger el pasaporte en la fecha informada el día de la entrega de la solicitud.
- Deberá aportar el expediente completo de solicitud, con documentación original y firmas originales.
- Si el trámite de visado cuenta con tasa de tramitación deberá ser abonada en el momento de recogida del pasaporte.
- El pasaporte con el visado podrá recogerse 5 días hábiles después de la aceptación de la solicitud.
5 Preparación de viaje
1) Certificado de vacunación o certificado del resultado negativo de test COVIDTodos los pasajeros que viajan a Japón deben llevar Certificado de vacunación o Certificado de resultado negativo de test COVID que cumpla los requisitos que las autoridades sanitarias de Japón requieren.
*En el caso de los menores de 18 años que no dispongan de un certificado de vacunación válido, si van acompañados de un tutor que disponga de un certificado de vacunación válido y que vaya a supervisar a los menores, éstos serán tratados como portadores de certificados de vacunación válidos. Por lo tanto, la presentación de los certificados negativos está exenta al igual que el tutor como excepción.
En caso de que el tutor acompañante no sea titular de un certificado de vacunación válido y entre en Japón con un certificado negativo, a los niños en edad preescolar (generalmente menores de 6 años) no se les exigirá un certificado negativo.
Cuando los menores de 18 años no viajen acompañados no podrán acogerse a la excepción y deberán cumplir las medidas contra el COVID.
2) Registro de Visit Japan Web
El gobierno de Japón requiere el registro en la página web de Visit Japan Web antes de entrar a Japón. Para agilizar su llegada, recomendamos que siga el procedimiento y complete la mayor parte antes de su viaje. Para más información, visite la página del Ministerio de Sanidad, Trabajo y Bienestar.
Para consultas:
●JAPAN VISA INFORMATION HOTLINE
TEL: 800 080 031 (En inglés 24horas)
●Sección Consular de la Embajada del Japón
CORREO: visado@md.mofa.go.jp
TEL: 915 907 600
HORARIO DE VENTANILLA: L – V 9:30-13:15, 14:45-16:30