Programa de intercambio y estudio de Japón (Programa J.E.T. 2011)
*IMPORTANTE: Todas aquellas personas interesadas en este programa, deberán leer previamente las bases completas que pueden descargarse en la parte inferior de esta página.
El Programa de Intercambio y Enseñanza de Japón pretende ayudar a incrementar la internacionalización en Japón, mediante la promoción del mutuo entendimiento entre Japón y otros países. El programa se basa en la promoción e intensificación del intercambio internacional a nivel local mediante el fomento de los lazos de unión entre los jóvenes japoneses y los participantes en el programa JET.
Los objetivos del programa se pretenden conseguir al ofrecer a los participantes del Programa JET (en adelante, participantes) la oportunidad de trabajar en organismos públicos locales, así como en centros públicos y privados de enseñanza primaria y secundaria. El programa se realiza bajo el patrocinio conjunto de los Ministros de Asuntos Exteriores, Ministerio de Educación, Ciencia, Deportes y Cultura, Ministerio del Interior y gobiernos locales de Japón en cooperación con el Consejo de Autoridades Locales para las Relaciones Internacionales (en adelante, CLAIR).
El programa se inició en 1987 con la cooperación de los gobiernos de los países participantes. En 2010, participaron en este programa 4.334 jóvenes de 36 países (Ver Notas 1 & 2 en las instrucciones en inglés).
Dado que el programa JET ha obtenido una excelente reputación en sus 24 años de existencia, es fundamental que se siga manteniendo su alto nivel de credibilidad. Los participantes son invitados a Japón como representantes de sus naciones. Por ello, se espera que sean responsables en todas las actividades que realicen, especialmente en las concernientes a la promoción del mutuo entendimiento entre naciones. En este sentido, es deseable que los solicitantes sean adaptables, capaces, mental y físicamente, de llevar a cabo las tareas asignadas y tener un positivo interés por Japón.
Los participantes son designados a una entidad receptora por un periodo de un año. Los gastos de transporte desde los países de los participantes hasta Japón, así como su remuneración, serán costeados por los contribuyentes de la entidad receptora asignada al participante. Dado que los participantes trabajan como funcionarios de su entidad receptora, se les requerirá mantener un comportamiento adecuado a su puesto. Debe evitarse el abandono del programa una vez asignado el puesto o finalizar antes de tiempo establecido ya que causa numerosos problemas a las entidades receptoras.
Las siguientes instrucciones de solicitud se aplican a Profesores Asistentes de Idiomas (ALT) y a Coordinadores de Relaciones Internacionales (CIR), pero no a Asesores de Intercambios Deportivos (SEA) (Ver Nota 3 en las instrucciones en inglés).
Los detalles del programa se explican a continuación (las bases completas debarán descargarse en los archivos que figuran en la parte inferior de la página):
- 1. PUESTO A DESEMPEÑAR Y OBLIGACIONES
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1. PUESTO Y TAREAS A DESEMPEÑAR
En la presente convocatoria del Programa J.E.T., para España, se oferta 1 puesto de CIR* en la Prefectura de Yamaguchi.
CIR* (Coordinador de Relaciones Internacionales): Son aquellos encargados del desarrollo de actividades internacionales. Trabajarán en oficinas de autoridades locales u organismos relacionados.
2. OBLIGACIONES
CIR:
Las obligaciones de los CIR serán aquellas que asignen los supervisores de las instituciones receptoras. A continuación se detallan algunas obligaciones de los CIR aunque pueden variar dependiendo de las necesidades del organismo local que los acoja. Pueden incluir todas o algunas de las siguientes tareas:
- Asistencia en proyectos relacionados con actividades internacionales desarrollados por las instituciones receptoras. Entre estas actividades se encuentran: editar y traducir folletos en lengua extranjera; asesorar en la planificación, diseño y ejecución de programas de intercambio internacional, incluyendo programas de intercambio económico, recibir a los visitantes extranjeros; hacer de intérprete para visitantes oficiales del extranjero o para residentes extranjeros en la comunidad.
- Asistencia en la enseñanza de la lengua a los funcionarios locales de las entidades receptoras y residentes locales (Ver Nota 5 en las instrucciones en inglés).
- Asistencia y participación en las actividades de grupos privados locales o de organizaciones comprometidas en el intercambio internacional.
- Asistencia en las actividades de intercambio (incluyendo visitas a centros de enseñanza) de los residentes locales relacionadas con el entendimiento intercultural, así como en actividades de apoyo a extranjeros residentes en Japón.
- Otras funciones especificadas por la institución receptora.
- 2. CRITERIOS DE SELECCIÓN
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Los solicitantes deberán:
(1) Estar interesados en Japón y estar dispuestos a profundizar en el conocimiento y apreciación de este interés desde su llegada a Japón. Esforzarse en estudiar o continuar estudiando el idioma japonés antes y después de su llegada a Japón. Estar motivados para participar e iniciar actividades de intercambio internacional en la comunidad local.
(2) Gozar de buena salud física y mental.
(3) Tener capacidad de adaptación a los modos de vida y trabajo en Japón.
(4) Estar en posesión de al menos un título de graduado u obtenerlo antes de la salida asignada al Grupo B de participantes (31 de julio).
(5) Ser nacional (no sólo con residencia permanente) del país donde se realiza la elección y procesos de selección en el momento de presentar su solicitud. Aquellas personas que posean doble nacionalidad, con nacionalidad japonesa, deberán renunciar a su nacionalidad japonesa antes de presentar su solicitud. Los solicitantes con doble nacionalidad de otros países (no japonesa) podrán participar en SÓLO UN país.
(6) Tener una excelente pronunciación, ritmo, entonación y dicción; conocimiento actualizado del idioma designado (Ver Nota 7 en las instrucciones en inglés). Tener una buena redacción y conocimientos gramaticales.
(7) No haber participado en el Programa JET desde 2008 o desde más de 5 años en total.
(8) No haber rechazado una plaza en el Programa JET después de haberle sido notificada su asignación en la convocatoria anterior (Puede haber excepciones a esta norma en los casos en que se acuerde que el participante tiene una razón válida e inevitable para dicho rechazo).
(9) No haber vivido en Japón durante 6 o más años en total desde el año 2001.
(10) Tener la iniciativa de mantener activamente las relaciones con Japón, incluso después de la finalización del Programa.
(11) En cuanto a la entrada a Japón para participar en el Programa, el participante residirá en Japón de acuerdo al estatus de residencia estipulado en el Artículo 2-2 del Decreto de Control de la Inmigración y Reconocimiento del Refugiado.
(12) Acatar las leyes japonesas.
(13) Los solicitantes que se encuentren en periodo de libertad provisional después del cumplimiento de una condena, deberán haber finalizado dicho periodo en el momento de la solicitud.
Además de los requisitos anteriores, los solicitantes de países no angloparlantes deberán:
(14) Tener un conocimiento funcional de la lengua japonesa e inglesa.
Además de lo señalado entre los puntos (1) y (13), los solicitantes para el puesto de CIR deberán:
(15) Tener un conocimiento funcional de la lengua japonesa (Es necesario un buen nivel de japonés para trabajar en el ámbito de la administración japonesa).
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- 3. DURACIÓN Y CONDICIONES
- La duración y condiciones de trabajo serán determinadas por la institución receptora concreta que reciba al participante. Aunque, en general, la duración y condiciones del trabajo son las siguiente, éstas pueden variar según la institución receptora:
A. Duración del Contrato - Jornada laboral
Los contratos son por un año, a contar desde el día después de la llegada del candidato a Japón. En el caso de que el participante no llegar en el día designado para las reuniones de orientación de los grupos A/B la duración del contrato sería menor. Por otra parte, si un participante violara las normas establecidas por su institución receptora, el contrato sería rescindido incluso antes de acabar el primer año de estancia. El contrato es renovable por un año por mutuo consentimiento entre la institución receptora y el participante. Un participante JET, en principio, sólo puede renovar el contrato dos veces (tres años en total). No obstante, si la institución receptora lo considerara oportuno debido al buen trabajo realizado por el participante, podría considerar extender el contrato otras dos veces más (cinco años en total).
Finalizar el contrato antes de tiempo, por parte del participante, afecta gravemente al desarrollo global del Programa JET (las programaciones anuales de los centros educativos y autoridades locales se planifican con antelación, así como también provoca graves problemas a la institución receptora). Se espera de todos los participantes que cumplan la duración del contrato en su totalidad.
Se espera de los participantes que trabajen en la oficina o el colegio asignados un promedio de 35 horas semanales, que no incluyen las horas del almuerzo. Los horarios habituales de las oficinas y colegios en Japón es de 8.30 a 17.15 de lunes a viernes. Los sábados, domingos y festivos japoneses son generalmente días libres. Sin embargo, se dan casos en los que será necesario realizar horas extras después del horario habitual de trabajo tanto en oficinas como colegios, o trabajar sábados, domingos o fiestas nacionales japonesas. Suele haber al menos diez días de vacaciones pagadas, pero esto varía de unas instituciones a otras.
B. Remuneración
La remuneración anual es de aproximadamente 3.600.000 yenes, una vez deducidos los impuestos y tasas de residencia. Se considera una cantidad suficiente para cubrir los gastos del coste de la vida en Japón. Aquellos exentos de pagar los impuestos japoneses debido a la existencia de un acuerdo de doble imposición entre Japón y el país de origen del candidato, recibirán asimismo 3.600.000 yenes al año (Ver Nota 9 en las instrucciones en inglés). La remuneración se efectuará en pagos mensuales. Puede ocurrir que los participantes tengan que pagar temporalmente una parte de los impuestos y tasas de residencia hasta que le sean reembolsados con posterioridad.
En Japón es obligatoria la afiliación al sistema sanitario nacional, la contribución al sistema de pensiones, así como pagar seguro de desempleo. Una parte de estos costes será abonada por cada participante, y se deducirá de las pagas mensuales.
C. Trabajos paralelos
Como norma general, a los participantes se les prohíbe realizar otros trabajos que no sean los de este Programa durante la vigencia de sus contratos.
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